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Abr 2024 - Edición 281

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3 pilares de la seguridad en EMTP en Chile

Paolo Arredondo, coordinador regional de EMTP de la Secretaría Regional Ministerial de Educación en la Región Metropolitana, reflexiona acerca de las bases de la Política de Seguridad Escolar del Ministerio de Educación, las que se gestionan a través del “Plan Integral de Seguridad Escolar” (PISE).

Por: Por Marcela Paz Muñoz I.
3 pilares de la seguridad en EMTP en Chile

Las medidas de seguridad, en el caso de la EMTP,  forman parte del PISE, en la sección “Accidentes dentro de establecimientos educacionales”, donde se  consideran todos los espacios de aprendizajes relacionados con cada especialidad. Así lo explica el coordinador regional de EMTP de la Secretaría Regional Ministerial de Educación en la Región Metropolitana, Paolo Arredondo.

-¿Por qué es clave construir entre toda la comunidad una cultura de prevención?

-La cultura de seguridad, autocuidado y prevención de riesgo, en la parte formativa se debe desarrollar en la implementación del currículum para cada especialidad, a través de los Objetivos de Aprendizajes Genéricos. Aquello es transversal a cada módulo, y busca desarrollar aprendizajes en aspectos formativos de la seguridad. Además, otra de las ofertas que se han impulsado para fortalecer los aspectos de seguridad escolar es a través de la política educativa Futuro Técnico, la cual, con la vinculación con instituciones de seguridad laboral, ofrece cursos, capacitaciones y apoyo en la línea, y el desarrollo de la cultura de seguridad, autocuidado y prevención de riesgo.

-¿Cómo se implementa el PISE?

-El PISE debe incluirse formalmente en el reglamento interno del establecimiento educacional, ratificando el rol formador de este instrumento. 

En este plan se consideran tres ámbitos: accidentes dentro del establecimiento educacional, accidentes de tránsito y emergencias que podrían constituir desastres.

-¿Cuáles son los principales conceptos que se incluyen?

-En este primer instrumento, los establecimientos deben incorporar algunos conceptos básicos que recogen lo avanzado en la Política de Seguridad Escolar y Parvularia y el Plan Integral de Seguridad Escolar, destinado a las comunidades educativas en general.

La clave es comprender que se funda en tres pilares fundamentales: 

1.Seguridad escolar: aborda el conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y a la prevención de riesgos, requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones, que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas y tratados internacionales ratificados por Chile. 

2. Autocuidado: es la capacidad progresiva que tienen los alumnos y adultos de tomar decisiones respecto de la valoración de la vida, de su cuerpo, de su bienestar y de su salud, así como el desarrollo de prácticas y hábitos para mejorar su propia seguridad y, con ello, prevenir riesgos.

3. Prevención de riesgos: se refiere a la preparación de medidas para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra. Por ejemplo, en el ámbito de la seguridad escolar, la prevención de riesgos implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos, y de responder en forma efectiva ante sus consecuencias.

-¿Cómo se abordan esas medidas en el contexto de la EMTP?

-En el ámbito de la EMTP, las medidas de seguridad se incluyen dentro de la sección “Accidentes dentro de establecimientos educacionales”. En ese capítulo se deben considerar todos los espacios de aprendizajes relacionados con cada especialidad, así como otros vinculados al mundo del trabajo o educación superior. 

Asimismo, cada establecimiento tiene como orientación desde el Ministerio de Educación 15 dimensiones para verificar las condiciones de seguridad, 13 comunes a todos los establecimientos y dos propias de la EMTP, que son equipos de protección personal (EPP) y mantenimiento y estado de recursos de aprendizaje.

-¿Qué aspectos se deben considerar en materia de prevención en EMTP?

-Debemos velar por el estado del entorno y del terreno, las instalaciones eléctricas y de gas, las instalaciones sanitarias, el estado de la planta física, también el orden y aseo. El estado de los accesos, la circulación y cruces peatonales, los estacionamientos, la señalización de tránsito y el estado de las cocinas.

Asimismo, revisar el tema de los primeros auxilios, y el estado del kit de emergencia. Si existe un manual de seguridad contra incendios, si están habilitadas las vías de escape, si están usando los equipos de protección personal (EPP) y si existe un adecuado mantenimiento de los recursos de aprendizaje.  

Esta lista de verificación se orienta a través de las condiciones de equipamiento e infraestructura establecido en el Decreto 240 del año 2018 y las orientaciones propias de los planes y programas de cada especialidad.

 

Revisa las directrices de seguridad en Colombia

Yolanda Marín destaca que en Colombia buscan adelantarse a situaciones que pueden ser riesgosas, generando una cultura de seguridad en los colegios.

Conversamos con Yolanda Marín, académica de la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), de Colombia, acerca de cómo manejan los temas de seguridad y diseñan los protocolos. Esta entidad pública entrega también disposiciones para trabajar con alumnos TP con necesidades educativas especiales. 

En Colombia, la formación técnico profesional a nivel público está a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Se trata de la entidad pública más grande de formación para el trabajo de todo el país, adscrita al Ministerio del Trabajo. Tiene 33 Regionales y 117 centros de formación a lo largo de todo el territorio. En la Dirección General se imparten líneas y en los centros de formación se ejecutan las directrices. Es financiado por el gobierno, por lo que la educación es totalmente gratuita.

“Desde ahí se entregan además las directrices para regular las normas y protocolos de prevención que, en conjunto, permiten desarrollar el Plan Nacional de Bienestar al Aprendiz, encargado de velar, por una parte, de la seguridad, pero además de realizar capacitaciones en temas de salud y enfermedades para la comunidad educativa, explica Marín.

-¿De qué manera el SENA adhiere las normativas de seguridad?

-Desde la Dirección de Formación Profesional, se da línea a las Regionales y Centros de Formación a nivel nacional, con el fin de ejecutar el Plan Nacional de Bienestar al Aprendiz, a través de capacitaciones en temas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Estas se pueden llevar a cabo a través de alianzas estratégicas o redes de apoyo con empresas públicas o privadas. Se sugiere ejecutar campañas de divulgación, así como motivacionales, que inviten al estudiante a permanecer en su formación. 

-¿Qué normas tienen en materia de seguridad y prevención de accidentes?

 -Nuestras normas emanan del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud Laboral y tienen que ver con los estudiantes en Colombia, y son las cuales el SENA debe entregar a sus alumnos y en general, a toda la población flotante en sus diferentes ambientes. En general, emanan de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), también de la Constitución Política de Colombia (1991), o del Decreto 1295 de 1994. 

 -¿Cómo trabajan con alumnos con necesidades educativas especiales? 

-Desde la Constitución de 1991, en Colombia se ha producido un gran desarrollo normativo a favor de las personas con discapacidad. Sin embargo, es a partir de la Constitución Política de 1991 que la discapacidad es comprendida en términos de derechos. En los artículos 13, 47 y 68 se consignan acciones a favor de poblaciones especiales y se determina el deber del Estado de fomentar la igualdad esencial, la educación y de proteger especialmente a las personas que se encuentren en situación de debilidad manifiesta. 

En el 2020 se dictó la Resolución 113, que “tiene por objeto implementar la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad –RLCPD–, como mecanismos para localizar, caracterizar y certificar a las personas con discapacidad, cuyo manual para efectos de la valoración y registro de la información se encuentra contenido en el anexo técnico denominado Manual Técnico de Certificación y Registro de Discapacidad, que hace parte integral de este acto administrativo”.

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